Como se advierte esta fracción se refiere a disposiciones jurídicas expedidas por el titular del poder ejecutivo, en razón que se encuentran condensadas y compiladas en el portal de normatividad del Gobierno del Estado es por lo que se ofrece el link donde pueden ser consultadas.
La información relativa a este sujeto obligado se encuentra publicada en el link que se ofrece en la Fracción IV del artículo 8 Información Fundamental del Parque Metropolitano, y en el inciso a) se pueden consultar los Programas Operativos anuales a partir del año 2011.
Se ofrece la URL para ingresar al portal de transparencia de Gobierno del Estado, y te permite efectuar la busqueda filtrando por contenido y dependencia de su interés.
De conformidad al artículo 2. del Decreto de Creación de este Organismo, el Parque Metropolitano de Guadalajara, será el instrumento, a través del cual, el Gobierno del Estado construirá, operará, y mantendrá un espacio público bajo la denominación de Parque Metropolitano, el que desarrollará una acción ordenada, sistemática y permanente a favor de la preservación y mantenimiento del equilibrio ecológico, además de constituir una área de recreación y esparcimiento para la población, por lo que de acuerdo a su objeto y naturaleza no operamos registros públicos.
Carecemos de atribuciones para formular estadísticas o indicativos relativos a la procuración de justicia, más sin embargo se proporciona el link de la dependencia competente para formularlos.
Tomando en cuenta que esta entidad es un organismo publico descentralizado diverso a la autoridada que se refiere esta fracción carecemos de atribuciones para formular los datos estadísticos relativos a la junta local y especiales de Conciliación y Arbitraje, y del Tribunal de Arbitraje y Escalafon, más sin embargo se proporcionan el links de las autoridades competentes para formularlos para intervenir en este rubro
La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Estatal.
Dentro de la normatividad en materia de Información Pública, actualmente no se tiene algún Reglamento Interno del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Estatal, una vez que se tenga, se procederá a la identificación de la información y en consecuencia a su publicación.