FONDO COMÚN CONCURSABLE PARA LA INFRAESTRUCTURA 2015 (FOCOCI)
Fondo para consolidar la infraestructura para el desarrollo de los Municipios con apoyo y en coordinación con el Estado; estableciendo lineamientos a los que se sujetarán todos los municipios beneficiados, desde la propuesta de proyectos, hasta la ejecución de las acciones.
Objetivos
a) Construir y fortalecer las acciones de infraestructura en general, equipamiento, servicios y demás necesidades que requiera el Municipio, que permita elevar la calidad de vida de los habitantes.
b) Generar el impulso multiplicador de potencialidades y capacidedes socioecónomicas de cada municipio que participe en el programa.
c) Propiciar el crecimiento económico del Municipio acorde con Programas y Planes de Desarrolllo Municipal y Estatal.
d) Impulsar el crecimiento en general de manera económica, turística, cultural, educativa, salud, seguridad social y seguridad regional que requieren los Municipios del Estado de Jalisco.
Metas
El Fondo tiene la finalidad, de conformidad con los Programas y Planes Parciales, así como el Plan Estatal de Desarrrollo 2013-2033, que coadyuve con el desarrollo de infraestructura en los Municipios del Estado de Jalisco, reconociendo la relación directa entre la infraestructura en los Municipios del Estado de Jalisco, reconociendo la relación directa entre la infraestructura instalada y la potencialización del vocacionamiento local. El Fondo Común Concursable para Infraestructura, busca elevar la calidad de viada de los habitantes del Estado de Jalisco, a partir de la aplicación de recursos en proyectos de alta rentabilidad social.
Presupuesto
$345´000,000.00 (trescientos cuarenta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.) , más todos los incrementos que se requieran y autoricen por la Subsecretaría de Finanzas.
Dirección o área ejecutora
- Municipios beneficiados
- La Secretaría de Infraestructura y Obra Pública podrá solicitar a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas la reprogramación de recurso a otro ente público cuando así se determine.
Responsable directo
a) Dirección General de Seguimiento, Evaluación y Desarrollo Institucional de la SIOP, para inscripción de proyecto.
b) Dirección General de Proyectos de Obra Pública de la SIOP, para conformación y validación de proyectos de obra.
c) Dirección General de Obras Públicas de la SIOP, responsable de la verificación técnica de la ejecución de la infraestructura.
Requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario
Los criterios para priorizar las acciones de obra pública y servicios relacionados, será de orden cronológico conforme al momento de registro, revisión, validación técnica, conformación de expediente de los proyectos soliciados a la Dirección General de Seguimiento, Evaluación y Desarrrollo Institucional; y la validación por la Dirección General de Proyectos de Obra Pública de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública.
Los trámites se realizarán directamente en la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, con domicilio Prol. Alcalde No. 1351, edificio B, en la Dirección de Gestión Metropolitana y Programas Especiales.
Requisitos:
- Ingresar oficio de registro
- Certificación del Acta de Sesión de Ayuntamiento, donde se estipulen los acuerdos:
a) Autorizar a la celebración de los instrumentos jurídicos necesarios objeto de este programa, al Presidente Municipal, Secretario General, Síndico, Encargado de la Hacienda Municipal y al responsable directo de la ejecución de las acciones.
b) Referir las obras y/o acciones con asignación
c) Erogar los recursos al destino de las obras y/o acciones
d) Realizar las retenciones
e) Presentar los dictámenes correspondientes de usos y destinos del suelo
- La certificación del acta de sesión de Ayuntamiento deberá presentarse en 4 tantos en original y/o copia certificada
- Proyecto validado por las instancias correspodnientes
- Contrato de apertura de cuenta bancaria productiva específica, en el que se manejen exclusivamente los recursos del programa del ejercicio fiscal respectivo y sus rendimientos
- Documento legal con el que se acredita la certeza jurídica del predio
- Dictámenes correspondientes a usos y destinos del suelo, respecto a las acciones a realizar
- Una vez cubiertos en su totalidad los requisitos, se procede a la firma del Convenio
- Facturas (por obra), firmadas y selladas por el Encargado de la Hacienda Municipal
Transferencias de recursos:
- La Secretaría de Infraestructura y Obra Pública conforma el expediente para su entrega a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas en un plazo no mayor de 15 días hábiles, después de haber cumplido con todos los requisitos.
- En caso de no existir observaciones, se remitirá a la Subsecretaría de Finanzas para su vertificación y de no existir observaciones procederá a la transferencia del recurso en un plazo de 10 días hábiles.
Padrón de beneficiarios
Número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa
No existe personal asignado exclusivamente para el Programa, siendo realizado en su momento, por funcionarios adcritos a diferentes Direcciones de esta Secretaría.
Metodología de evaluación del cumplimiento de los objetivos del programa
De conformidad con las Reglas de Operación del Programa.