Es atribución de la Secretaría de Hacienda cancelar o condonar créditos fiscales de acuerdo con el artículo 18 fracción XXI de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente:...” XXI. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en que se justifique;...”
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Condonaciones y Cancelaciones Fiscales
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Dependencia:
Fiscalía del Estado
Autor: teresa.tellez
Fecha de actualización: 10/03/2022
Fecha de validación: 10/03/2022