En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga: