Artículo 10 - Instituto Jalisciense del Adulto Mayor - IJAM

Mar, 01/04/2014 - 14:01 -- antonio.lopez
Organismo: 
Instituto Jalisciense del Adulto Mayor - IJAM (Extinto)
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados.: 
Descripción: 

La obligatoria para todos los sujetos obligados.

Nombre de la fracción: 
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
II. Los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas expedidas por el Gobernador del Estado.: 
Descripción: 

II. Los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas expedidas por el Gobernador del Estado.

Nombre de la fracción: 
II. Los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas expedidas por el Gobernador del Estado;
III. Los instrumentos de planeación del desarrollo del Estado y los regionales vigentes y sus modificaciones de cuando menos ...: 

Archivos

  • Plan general del poder ejecutivo de Jalisco 2013 (Aún vigente)
    PlanGeneraldeEjecutivoVersion1-2_5_4.pdf (application/pdf) (2.90 MB)
Nombre de la fracción: 
III. Los instrumentos de planeación del desarrollo del Estado y los regionales vigentes y sus modificaciones de cuando menos los últimos tres años;
IV. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales de toda dependencia o entidad pública estatal ...: 
Descripción: 

IV. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales de toda dependencia o entidad pública estatal vigentes y de cuando menos los tres años anteriores;

Nombre de la fracción: 
IV. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales de toda dependencia o entidad pública estatal vigentes y de cuando menos los tres años anteriores;
V. Las observaciones presentadas a las leyes o decretos del congreso, una vez que son turnadas por la Asamblea a las ...: 
Descripción: 

V. Las observaciones presentadas a las leyes o decretos del congreso, una vez que son turnadas por la Asamblea a las comisiones correspondientes;

Nombre de la fracción: 
V. Las observaciones presentadas a las leyes o decretos del Congreso, una vez que son turnadas por la Asamblea a las comisiones correspondientes;
VII. La información de los registros públicos que opere.: 
Descripción: 

El Poder Ejecutivo concentra a los registros públicos en la Secretaría General de Gobierno con fundamento en sus atribuciones establecidas en el artículo 13, fracción XIX, XX, y XXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco. Y en la Contraloría del Estado de Jalisco con fundamento en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco en su artículo 80.

Nombre de la fracción: 
VII. La información de los registros públicos que opere, sin afectar la información confidencial contenida;
VIII. Las transferencias presupuestales autorizadas por el Gobernador del Estado, donde se señale como mínimo, las partidas ...: 
Descripción: 

Corresponde a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas publicar las transferencias presupuestales autorizadas por el Gobernador del Estado, por las siguientes consideraciones:
La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, vigente a partir del 01 de marzo del año 2013, crea la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, incorporando a esta las atribuciones de la Secretaría de Finanzas y subsistiendo la aplicación de las disposiciones reglamentarías vigentes que no se opusieran al reglamento de la Ley Orgánica en comento.
Ahora bien, el artículo 49 de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco dispone que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, cuidará en todo tiempo por conducto de la Secretaría de Finanzas - ahora Secretaría de Planeación Administración y Finanzas -, que la aplicación de los recursos contenida en el presupuesto, cumpla de la manera más eficaz posible con el desarrollo de la programación oficial, evitando su uso inadecuado o deficiente, por lo que en casos de conveniencia general, previa comprobación de la disponibilidad de saldo, de acuerdo con los compromisos registrados por parte de la Secretaría, el propio Titular del Poder Ejecutivo o el Secretario de Finanzas podrán autorizar las transferencias entre las partidas que a su juicio se justifiquen.
Según lo dispone el artículo 14 del Reglamento de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pública, el Gobernador del Estado autorizará las transferencias presupuestales previa evaluación que realice la Secretaría de Finanzas.
A su vez, el manual de Normas y Lineamientos Presupuestales para la administración Pública de la Entidad, expedido el 1° primero de enero del año 2013, señala que el proceso para  la adecuación de recursos con la autorización del Gobernador debe ser tramitado ante la Secretaría de Finanzas.
Al ser la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, antes Secretaría de Finanzas, el conducto para cuidar la debida aplicación de los recursos, robusteciendo sus atribuciones al ser partícipe en la tramitación de las transferencias presupuestales, le corresponde publicar lo concerniente al presente apartado, en consecuencia, para visualizar la información es necesario que visite su portal oficial, sin menosprecio de lo anterior a continuación se presenta una liga a la publicación de las transferencias de enero a mayo del año 2012.

Archivos

  • Transferencias Presupuestales (enero a mayo del año 2012)
    PartidasautorizadasporelGobernador2012.pdf (application/pdf) (83.01 KB)
Nombre de la fracción: 
VIII. Las transferencias presupuestales autorizadas por el Gobernador del Estado, donde se señale como mínimo, las partidas de origen y destino, el monto, la fecha y la justificación de la transferencia;
IX. Los recursos materiales, humanos y financieros asignados a cada dependencia y entidad de la Administración Pública ...: 
Descripción: 

El Instituto jalisciense del Adulto Mayor no cuenta con ningún inmueble de su propiedad. El edificio que ocupa, (dos plantas, con 18 habitaciones, 2 baños completos, 2 medios baños, 1 cocina, 1 patio trasero, estacionamiento para 8 vehículos), está en arrendamiento desde el 1 de julio de 2013 y es utilizado como oficinas de trabajo de el Instituto Jalisciense del Adulto Mayor. Se presenta el contrato de arrendamiento de 2015

Archivos

  • PRESUPUESTO 2015.pdf
    PRESUPUESTO 2015.pdf (application/pdf) (7.76 MB)
  • Plantilla 2015.pdf
    Plantilla 2015.pdf (application/pdf) (168.93 KB)
  • CONTRATO - Arrendamiento 2015.pdf
    CONTRATO - Arrendamiento 2015.pdf (application/pdf) (302.62 KB)
  • INVENTARIOS IJAM 30 ABRIL 2015.pdf
    INVENTARIOS IJAM 30 ABRIL 2015.pdf (application/pdf) (1.29 MB)
Nombre de la fracción: 
IX. Los recursos materiales, humanos y financieros asignados a cada dependencia y entidad de la administración pública estatal, detallando los correspondientes a cada unidad administrativa al interior de las mismas;
X. La lista de los servidores públicos del Poder Ejecutivo que no hayan presentado su declaración de situación patrimonial ...: 
Descripción: 

X. La lista de los servidores públicos del Poder Ejecutivo que no hayan presentado su declaración de situación patrimonial, conforme a la ley;

Archivos

  • Sumario 2014
    06-19-14-iv.pdf (application/pdf) (3.18 MB)
  • 01.-lista_de_servidores_publicos_omisos_de_enero_2015.pdf
    01.-lista_de_servidores_publicos_omisos_de_enero_2015.pdf (application/pdf) (2.04 MB)
  • 02.-lista_de_servidores_publicos_omisos_de_febrero_2015.pdf
    02.-lista_de_servidores_publicos_omisos_de_febrero_2015.pdf (application/pdf) (2.00 MB)
  • 03.-lista_de_servidores_publicos_omisos_de_marzo_2015.pdf
    03.-lista_de_servidores_publicos_omisos_de_marzo_2015.pdf (application/pdf) (462.26 KB)
Nombre de la fracción: 
X. La lista de los servidores públicos del Poder Ejecutivo que no hayan presentado su declaración de situación patrimonial, conforme a la ley;
XI. Las estadísticas e indicadores relativos a la procuración de justicia;: 
Descripción: 

“En atención al presente apartado te infórmanos que de acuerdo con el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Fiscalía General del Estado es la responsable de la seguridad pública y la procuración de justicia, en los términos de lo que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que no es competencia del Instituto Jalisciense del Adulto Mayor, llevar acabo las estadísticas e indicadores relativos a la procuración de justicia.

En virtud de lo anterior, te sugerimos entrar al portal de trasparencia de la Fiscalía General del Estado”.

Nombre de la fracción: 
XI. Las estadísticas e indicadores relativos a la procuración de justicia;
XII. El informe de los procedimientos administrativos de responsabilidad de los notarios en los que participe, una vez que ...: 
Descripción: 

“En virtud de que la información del presente apartado no encuadra dentro de las obligaciones conferidas al Instituto Jalisciense del Adulto Mayor, conforme lo señala el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, en consecuencia, los datos estadísticos de la Junta Local y Especiales de Conciliación y Arbitraje deberá ser visualizada en los medios dispuestos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en tanto los datos relativos al Tribunal de Arbitraje y Escalafón deberán ser proporcionados por esta última autoridad; la competencia de tales autoridades encuentra sustento en el numeral 25, fracción IV de la Ley Orgánica en cita, así como, el ordinal 72 de la Constitución Política del Estado de Jalisco respectivamente.”

Nombre de la fracción: 
XII. El informe de los procedimientos administrativos de responsabilidad de los notarios en los que participe, una vez que hayan sido publicados en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”;
XIII. El procedimiento para el otorgamiento de becas e incorporación de estudios en el ámbito estatal, así como el listado ...: 
Descripción: 

A la fecha no se ha emitido el Reglamento Interno de Información Pública del Poder Ejecutivo y la Administración Pública. No obstante, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos Generales de Publicación y Actualización de Información Fundamental, en su disposición Cuarta, punto 7, se considera necesario aclarar que ante la falta del Reglamento Interno de Información Pública del Poder Ejecutivo es aplicable a este sujeto obligado el Reglamento Marco de Información Pública de conformidad con lo dispuesto en su artículo primero (ver documento anexo). 

Archivos

  • Reglamento Marco de Información Pública - Gobierno del Estado
    06-02-12-i.pdf (application/pdf) (4.29 MB)
Nombre de la fracción: 
XIII. El procedimiento para el otorgamiento de becas e incorporación de estudios en el ámbito estatal, así como el listado de resultados; y
XV. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Estatal.: 
Nombre de la fracción: 
XIV. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Estatal.
1- I - El domicilio, teléfono y correo electrónico de los notarios públicos que actúen en cada región notarial;: 
Nombre de la fracción: 
I. El domicilio, teléfono y correo electrónico de los notarios públicos que actúen en cada región notarial;
1- II -  Los días y horarios de atención al público por cada sede notarial;: 
Nombre de la fracción: 
II. Los días y horarios de atención al público por cada sede notarial;
1- III - Los notarios públicos que presten sus servicios en virtud de convenio de asociación notarial;: 
Nombre de la fracción: 
III. Los notarios públicos que presten sus servicios en virtud de convenio de asociación notarial;
1- IV - El arancel que corresponda a cada acto notarial; y: 
Nombre de la fracción: 
IV. El arancel que corresponda a cada acto notarial; y
1- V - Aquella que a juicio del Colegio de Notarios del Estado de Jalisco, sea de utilidad para el público y el mejor ...: 
Nombre de la fracción: 
V. Aquella que a juicio del Colegio de Notarios del Estado de Jalisco, sea de utilidad para el público y el mejor desempeño de la función notarial.
Porcentaje de llenado: 
100.00
Autor: antonio.lopez
Fecha de actualización: 31/12/1969
Fecha de validación: 31/12/1969