La información relacionada con los Programas Operativos Anuales para el presente ejercicio no será generada a raíz de la reforma del 14 de diciembre de 2013 a la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios. Los artículos modificados son el 2 bis, fracción I, inciso d y f; 15; 18, fracción VI; 20, fracción V; 20 bis; 21, fracción III; 22, fracción II; 76, fracción II, inciso a; y 78-C.
A partir de entonces, los programas operativos anuales son sustituidos por las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR), las cuales se encuentran fundamentadas en dicha normatividad y en el artículo 39, fracción III y V, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco, reformada el 22 de febrero de 2014.
Por lo tanto, la información que se presentada queda como histórica a razón de dicha modificación, y con base en el artículo 15 de la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios, la información relacionada con las Matrices de Indicadores para Resultados de cada dependencia para el próximo ejercicio (2015) se presentará por el Ejecutivo Estatal ante el Congreso del Estado el primero de noviembre de 2014, así como un dictamen de cada una de las Matrices aplicadas durante el año en curso
Nota: Los siguiente son aplicables en todo los descrito en sus documentos a la Secretaría de Educación Jalisco y vigentes en tanto no se aprueben y publiquen nuevas versiones.
NOTA: En los archivos anexos se aprencian los datos correspondientes al registro de las escuelas incorporadas al Programa CARACOL y que se han visto beneficiadas con dicho programa, cada uno de los registros corresponde a un menor benefiaciado, cabe mencionar que los datos correspondientes a los beneficiarios son clasificados como reservados con base en lo señalado en el apartado SEGUNDO.- Información Pública Conficencial con fundamento en la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios en su artículo 44. Además del Reglamento de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco sus municipios en sus artículos 40 fracción I, 41 fracción III, 42, 43.
Datos que por resultar específicos permiten la ubicación exacta de los menores de edad...
Archivos
-
Beneficiados implantadosImplantados -.xlsx (application/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet) (18.54 KB)
Se establece incompetencia, por no estar dentro de las atribuciones del Programa Fideicomiso CARACOL el llevar a cabo declaraciones patrimoniales.
Se declara incompetencia, por no estar dentro de las atribuciones del Programa Fideicomiso CARACOL la impartición de justicia.
Se establece incompetencia, por no estar dentro de las atribuciones del Programa Fideicomiso CARACOL las actividades relativas a la junta local.
El siguiente ordenamiento hace referencia a la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, abrogada el día 09 de Agosto de 2013, con base en lo señalado en los "Transitorios" de la nueva, "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios", apartado CUARTO. señala que se cuenta con un plazo de treinta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, para la instalación del Consejo Consultivo dentro del plazo señalado.
Del dicha acción surgirán el ordenamiento de orden público e interés social, que tendrá por objeto reglamentar la "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios"